Comienza hoy la primera etapa del Plan de verificación del registro de transportes de animales de la Dirección Nacional de Sanidad Animal (DNSA), este busca un mejor seguimiento del traslado de toda especie animal y que quienes realicen la actividad mantengan vigente la habilitación del transporte, así como también aseguren las condiciones estructurales e higiénico-sanitarias del vehículo y el bienestar animal.

De esta manera, SENASA busca verificar que el transporte de animales tenga la habilitación correspondiente. Para ello, implementará la carga del vehículo en Documento de Tránsito electrónico (DT-e) y en base a la habilitación emitirá o no el documento para transitar.
El cronograma esta organizado en diferentes instancias, con dos etapas para su implementación. Desde hoy 21 junio hasta el 23 de julio de este año, los autogestores que tramiten la emisión del Documento de Tránsito electrónico (DT-e) a través del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA), deberán registrar el dominio del transporte que realizará el traslado de los animales.
Durante este período, el registro de habilitación cualquiera sea su estado (vigente o vencido) permitirá continuar con la emisión del DT-e hasta concretar el embarque y traslado de la hacienda, siempre y cuando el sistema no indique que el vehículo “no registra habilitación”. En este sentido, aquellos transportes cuyos dominios no se encuentren en la base de datos no podrán ser incluidos en la emisión del DT-e.
Al momento de la emisión del DT-e, el sistema consignará un aviso de la fecha de inicio de vigencia de la segunda etapa, que comenzará el 24 julio de 2023, en la cual será de carácter obligatorio el requisito de consignar el/los dominios del transporte y su condición de habilitación vigente.
En la segunda instancia, a partir del 24 julio de 2023, cuando el autogestor desee emitir el DT-e, notificando el/los dominio/s del transporte que realizará/n el traslado de los animales, tendrá las siguientes restricciones:
- Estado de la habilitación vigente para continuar con la emisión del DT-e, para el caso de los animales destinados a frigoríficos habilitados para exportación a la Unión Europea de bovinos, bubalinos, aves, ovinos y equinos.
- Registro de habilitación cualquiera sea su estado (vigente o vencido) posibilitará continuar con el emisión del DT-e para el resto de las especies y destinos distintos a los arriba descriptos. El sistema permitirá continuar con la emisión del DT-e hasta concretar el embarque y traslado de la hacienda, siempre y cuando el sistema no indique que el vehículo “no registra habilitación”.

En definitiva, este primer mes, la medida es informativa, pero a partir del 24 de julio el transporte tiene que estar, además de habilitado, vigente. Si bien, como se dijo, esto va a ser exclusivamente para la exportación con destinos a la Unión Europea en bovino, equinos y aves, y progresivamente el SENASA va a ir agregando nuevos destinos, a medida que se vaya consolidando y familiarizando con la medida.
La habilitación tiene una validez de dos años si el transporte está en condiciones. Los transportistas que se acerquen por primera vez a habilitar el transporte se les otorgará una validación provisoria, donde se detallarán las mejoras que deberán hacer y se les aclarará que pueden circular por un periodo de 90 días. También se les indicarán cuáles son las readecuaciones a concretar. Se debe tener en cuenta que pueden la habilitación se puede tramitar en cualquier oficina del SENASA habilitada, o Servicio de inspección veterinario (SIV) del SENASA , teniendo en cuenta que donde se inicia el proceso de habilitación se debe finalizar.
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