El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores, que desde el 16 de Marzo funciona con guardias mínimas y sus empleados prestan servicio con la modalidad de teletrabajo, volvió a prorrogar el cese de actividades hasta el 07 de junio del corriente año para su sede central y delegaciones provinciales.

De esta manera, por resolución 97/2020 publicada en el Boletín Oficial el día 28 de Mayo,  el RENATRE dispuso la continuidad de atención de consultas mediante líneas telefónicas y canales electrónicos al mismo tiempo que extiende la suspensión de plazos administrativos hasta la el 07 de junio.

Suspendida la atención presencial; la misma será exclusivamente a través de la línea telefónica 0800-777-7366 en el horario de 09 a 17 hs.

Aquellos trabajadores que deban iniciar el trámite de solicitud de la prestación por desempleo,  deberán ingresar a www.renatre.org.ar, descargar y completar el formulario de inicio de prestación por desempleo Ley 25.191; suscribir su solicitud y enviarla vía WhatsApp, junto con el resto de la documentación requerida, al teléfono publicado en la página oficial del RENATRE y que corresponda a la Delegación de la provincia donde resida, se notificará al beneficiario de su resultado, vía mensaje de texto.

Las actividades de capacitación presenciales, incluyendo cursos y jornadas de índole técnicas o institucionales dirigidas a trabajadores, empleadores y público en general quedan suspendidos. En igual sentido  se suspenden las entregas de Libretas, y en consecuencia se establece la suspensión de los plazos de retiro de las mismas.

Los trabajadores y empleadores podrán realizar trámites y consultas en forma on line a través del portal RENATRE, que funcionará de manera normal y habitual.

En cuanto a los trámites de procedimiento inherentes a deudas y boletas de pago se dispone: A) Vencimientos de Boletas de Deuda: Los vencimientos de las boletas de pago que se detallan en el ANEXO a la Resolución RENATRE N° 86/2020, que operen entre los días 20/03/2020 al 07/06/2020 inclusive, podrán ser prorrogados sin aplicación de intereses adicionales hasta el día 16/06/2020. Para tales efectos el empleador deberá requerir la emisión de las nuevas boletas al correo facilidades@renatre.org.ar, recaudaciones@renatre.org.ar y/o verificacionesreca@renatre.org.ar B) Plazos: Se suspenden oficiosamente los plazos que estuvieren corriendo entre el día 20/03/2020 al 07/06/2020, para los procedimientos administrativos indicados en el ANEXO de la Resolución RENATRE N°86/2020, reanudándose a partir del día 08 de Junio del corriente año.