Los problemas con obras sociales son motivo de constante consulta a abogados.

A continuación los aspectos generales respecto a la regulación de la prestación de este servicio.

La cobertura mínima y obligatoria que tiene que brindar la obra social está enumerada en el Programa Médico Obligatorio (PMO); de acuerdo a la normativa vigente la obra social tiene que brindar a sus afiliados: Atención médica, internación y medicamentos.

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