La Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, dicto la Resolución N° 424/20 publicada en el Boletín Oficial el 05 de Octubre, con vigencia desde ese día, disponiendo la incorporación del “Botón de Arrepentimiento” para la cancelación de compras en páginas web y Apps.

Las empresas que comercialicen bienes y servicios por internet o teléfono deben incluir un “botón de arrepentimiento” en sus páginas web y en sus aplicaciones. Este instrumento permite que los consumidores tramitar la devolución de productos o cancelar servicios adquiridos.

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