Compartimos un detalle de las nuevas medidas adoptadas por diversos organismos nacionales y provinciales con motivo de la emergencia sanitaria actual.

Poder Ejecutivo Nacional
Decreto 355/2020 (B.O. 11/4/2020): Se prorroga hasta el día 26 de abril de 2020, inclusive, la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Asimismo, se establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, podrá, a pedido de los Gobernadores o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, exceptuar del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, al personal afectado a determinadas actividades y servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas.
Decreto 372/2020 (B.O. 14/4/2020): Se prorroga hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, la suspensión del curso de los plazos en el ámbito de los procedimientos administrativos, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan. Se exceptúa de la suspensión a todos los trámites administrativos que se relacionen con la emergencia sanitaria nacional. Se faculta a las entidades del Sector Público Nacional a disponer excepciones.
Decreto 367/2020 (B.O. 14/4/2020): Se establece que la enfermedad COVID-19 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional respecto de los trabajadores dependientes excluidos del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio por realizar actividades declaradas esenciales. Las A.R.T. no podrán rechazar la cobertura. La determinación definitiva del carácter profesional estará a cargo de la Comisión Médica Central, que establecerá si hubo relación de causalidad directa e inmediata. En los casos de trabajadores de la salud, se considerará que la enfermedad COVID-19 guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada, salvo prueba en contrario.
Las presunciones rigen hasta los 60 días posteriores a la finalización de la emergencia pública en materia sanitaria realizada en el Decreto 260/2020, y sus eventuales prórrogas.
Jefe de Gabinete de Ministros
Decisión Administrativa 490/2020 (B.O. 11/4/2020): Se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
Resolución 42/2020 (B.O. 11/4/2020): Se aprueba el modelo de Constancia de Inscripción y Declaración Jurada para el Transporte Interjurisdiccional de Trabajadores relacionados a actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca, el que se emitirá por medio electrónico.
Ministerio de Desarrollo Productivo
Resolución 50/2020 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores (B.O. 16/4/2020): Se autoriza la celebración de contratos de garantía recíproca mediante instrumentos particulares no firmados, recurriendo a documentos electrónicos que cuenten con firmas electrónicas. El certificado de garantía que emita la Sociedad de Garantía Recíproca deberá ser suscripto con firma digital.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Disposición 4/2020 de la Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo (B.O. 16/4/2020): Se prorroga, a partir del 13 de abril del 2020 y por el plazo que dure la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio, la suspensión de los plazos en los expedientes y sumarios administrativos de fiscalización que tramitan en el marco de los procedimientos establecidos por la Ley 18.695 (infracciones a las normas de ordenamiento y regulación de la prestación de trabajo), la Resolución 655/2005 MTEySS (Sistema Único de la Seguridad Social) y el Decreto 1694/2006 (empresas de servicios eventuales), así como también para la tramitación de rúbrica de libros y relevamiento de documentación laboral. Por el mismo plazo se suspenden las audiencias de descargo.
Las prórrogas establecidas no serán de aplicación a la tramitación de expedientes que involucren la comisión de las infracciones consideradas graves y muy graves en los términos de la Ley 25.212.
Resolución 259/2020 de la Secretaría de Trabajo (B.O. 15/4/2020): Se prorroga por 120 días corridos la vigencia de los mandatos de: (i) los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, y de (ii) los delegados del personal, comisiones internas y organismos similares, cuyos mandatos venzan entre el 16 de marzo y el 30 de junio de 2020. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente al de la fecha de culminación de los mandatos.
Disposición 7/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (B.O. 15/4/2020): Se pospone hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, el plazo de adhesión al régimen de facilidades aprobado por Resolución SRT 11/2020. También se determina que el vencimiento de pago de la primera cuota operará 20 de septiembre de 2020. Los pagos restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el día 20 de cada mes o inmediato posterior hábil si aquel resultara inhábil.
Administración Federal de Ingresos Públicos
Resolución General 4695/2020 (B.O. 13/4/2020): Se fija una feria fiscal extraordinaria entre los días 13 y 26 de abril de 2020, ambos inclusive, que implica la suspensión de los plazos procedimentales respecto de las materias impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social.
Resolución General 4698/2020 (B.O. 16/4/2020): Se modifica la Resolución General 4.693/2020 a fin de extender, hasta el 16 de abril de 2020, el plazo para la registración y suministro de información por parte de los empleadores que deseen acceder a los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Resolución General 4696/2020 (B.O. 15/4/2020): Se exceptúa por un plazo de 60 días, del régimen de percepción del I.V.A. a las mercaderías que se encuentren comprendidas en el Decreto N° 333/20 y las que en el futuro se incluyan (insumos vinculados al tratamiento del COVID-19).
Administración Nacional de la Seguridad Social
Resolución 90/2020 (B.O. 15/4/2020): Se declara al “Servicio de Atención Telefónica” de la ANSES mediante su Línea 130, como servicio esencial e indispensable para la comunidad.
Agencia de Acceso a la Información Pública
Resolución 70/2020 (B.O. 15/4/2020): Se exceptúa de la suspensión de los plazos administrativos a los trámites previstos por la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública y por la Ley Nº 25.326 de Protección de Datos Personales.
Banco Central de la República Argentina
Comunicación “A” 6964/2020 (B.O. 14/4/2020): Se dispone que, respecto de las financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito, los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de tarjeta de créditos que operen a partir del 13 de abril y hasta el 30 de abril deberán ser automáticamente refinanciados como mínimo a un año de plazo con 3 meses de gracia en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, pudiendo solamente devengar interés compensatorio, y ningún otro recargo. Esos saldos refinanciados podrán ser precancelados, total o parcialmente, en cualquier momento y sin costo –excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación– cuando el cliente lo requiera. La tasa de interés aplicables a las deudas de tarjeta de crédito se establece en 43%.
Inspección General de Justicia
Resolución General 15/2020 (B.O. 13/4/2020): Se dispone que hasta el 26 de abril de 2020, inclusive, no se dará curso a los expedientes iniciados antes del 17 de marzo; suspendiendose a su vez la presentación de las comunicaciones a cargo de las sociedades de capitalización y ahorro.
Resolución General 14/2020 (B.O. 11/4/2020): Se dispone que las entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de “grupos cerrados”, deberán ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido con anterioridad al 30 de septiembre de 2019, la opción de diferir la alícuota y las cargas administrativas.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Acordada 10/2020 (12/4/2020): Se prorroga la feria extraordinaria desde el 13 al 26 de abril de 2020, ambos incluidos.
Acordada 11/2020 (B.O. 15/4/2020): Se aprueba el uso de de la firma electrónica y digital en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de los diferentes actos jurisdiccionales y administrativos que suscriban los Señores Ministros y los Señores Secretarios de dicho Tribunal, por lo que el soporte papel no será necesario.
Acordada 12/2020 (B.O. 15/4/2020): Se aprueba el uso de la firma electrónica y digital en el ámbito del Poder Judicial de la Nación respecto de todos los magistrados y funcionarios de las instancias inferiores que desarrollan su actividad con el Sistema de Gestión Judicial. Se aprueba el “Procedimiento de recepción de demandas, interposición de recursos directos y recursos de queja ante Cámara”, el que entrará en vigencia a partir del día 20 de abril del 2020.
(Fuente: pagbam.com/coronavirus)
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